Te invitamos a contestar las peticiones en los plazos establecidos

 

Teniendo en cuenta la Resolución 160 de 2014, por la cual se crea el Sistema de Atención e Información al Ciudadano (artículo 11), la contestación de las peticiones establecidas por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, todas las peticiones, excepto las de información y consulta,  tramitadas por el Sistema de Atención al Ciudadano, se deberán resolver o solucionar internamente en un  término máximo  de diez (10) días hábiles,  para lo cual, el sistema requerirá a la dependencia competente, mediante notificación un plazo inicial de cinco (5) días hábiles con el fin de que envíe la respuesta.

 

• Petición de información y documentos: 10 días siguientes a su recepción. En caso de no dar contestación se entenderá por aceptada, y las copias se entregarán a los 3 días siguientes.

 

• Peticiones de consulta a las autoridades: 30 días siguientes a la recepción.

 

• Cuando no fuere posible resolver en los plazos señalados, se debe informar al interesado antes de la fecha de vencimiento, expresando los motivos de la demora y señalando un plazo razonable que no podrá exceder el doble del plazo inicial previsto.