Circular 005 - Vicerrectoría Académica

ASUNTO: Salidas Académicas

 

La VicerrectoríaAcadémica se permiteaclarar los siguientes puntos sobre el asunto:

 

1. Por medio de la presente se deroga en su totalidad la Circular No. 023 con fecha del 12 de octubre de 2017 con el asunto "Salidas Académicas"

 

 

2. Es importante resaltar lo señalado en al Artículo 11 del Acuerdo 001 del Consejo Académico "Por la cual se establece la reglamentación de las prácticas y salidas académicas de la Universidad de Cundinamarca" de septiembre 2014.

 

 

• Literal "b": "En la planeación de una salida de campo para la selección del sitio, se tendrá que consideraren primer término lo local y regional sobre lo nacional. Considerándose como viajes locales y regionales, aquellos en los que la salida y el regreso del viaje sean el mismo día."

 

 

• Literal "f": "Los Comités Curriculares de los programas académicos, priorizarán una visita y una salida de campo por núcleo temático / período académico,preferiblemente sin exceder los cuatro (4) días de desarrollo. Solicitudes que impliquen una ampliación de los lineamientos enunciados deberá justificarse académicamente para la correspondienteaprobacióndel Consejo de Facultad respectivo."

 

 

3. Las solicitudes de modificación de las salidas ya programadas deberán realizarse con mínimo 8 días calendario de antelación para ser presentadas al Comité de Prácticas y Salidas Académicas, adjuntando el Acta del Consejo de Facultad que modifica lo planeado.

 

 

4. El Comité de Prácticas y Salidas Académicas avalará las respectivas salidas según el Acuerdo 001 y los presupuestos institucionales asignados para tal fin.

 

 

5. En la programación de las Salidas Académicas, se dará prioridad a las salidas que se puedan programar con los buses institucionales.

 

 

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